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04/10/2018-NOTIFICACIÓN.- ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO

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Plantilla base

NOTIFICACIÓN ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO

 

La Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 3 de octubre de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

<<“7.2.- CONVOCATORIA ELECCIONES 2018. ACUERDOS EN SU CASO”

 

I.  ANTECEDENTES

Unico.-  Por acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el 19 de septiembre de 2018, apreciada la existencia de defectos en la convocatoria para la presentación de candidatos al objeto de formar parte de la Comisión Electoral, realizada mediante circular del día 10 anterior, se dejó sin efecto la misma así como el señalamiento del sorteo notarial para elección de sus miembros, y se dispuso la apertura de nuevo plazo al fin indicado y la celebración de dicho sorteo el 1 de octubre de 2018.

Segundo.- El día 1 de octubre del presente año, se celebró sorteo ante el  Notario de Granada, Don Antonio Martínez del Mármol Albassini, para la elección de los cinco miembros que integran la Comisión Electoral junto con el Decano y el Secretario, así como los suplentes de los mismos, de entre aquellos colegiados que habían comunicado su deseo de formar parte de la misma en plazo y cumpliendo los requisitos exigidos.

Resultaron elegidos los siguientes colegiados:

Titulares

1.- Don Manuel Ramírez Rodríguez.
2.- Don Andrés Oliván Lindo.
3.- Don Antonio José Lasso González.
4.- Don Juan Carlos Pedrosa Puertas.
5.- Doña María del Carmen Mazo López.

Suplentes

1.- Don Diego Luís Parra Bañón.
2.- Don José Fernando Moreu Serrano.
3.- Don Julio de Castro Soler.
4.- Doña María Luisa Ceres Morell.
5.- Doña Eva Rodríguez Cervilla.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Unico.- De acuerdo con el artículo 69, apartado 1,  de los Estatutos del Colegio de Abogados:

“La comisión electoral estará integrada por el Decano, Secretario y cinco colegiados ejercientes y residentes en el ámbito territorial del Colegio, con una antigüedad de colegiación en el mismo superior a diez años.

Los miembros de la comisión electoral serán nombrados por sorteo, entre aquelos colegiados que cumpliendo los requisitos anteriormente señalados, hayan manifestado su deseo de formar parte de dicha Comisión en los plazos que se establezcan en su momento, con sus correspondientes suplentes. El nombramiento permanecerá vigente hasta la finalización del proceso electoral para el que se designe cada comisión electoral.

No podrán ser miembros de la comisión electoral los miembros de la Junta de Gobierno que concurran al proceso electoral, ni los colegiados que se presenten como candidatos a las elecciones convocadas. En el caso de que cualquiera de los miembros de la comisión electoral se presentase posteriormente como candidato a las elecciones, en el momento en que presente su candidatura se producirá su cese como miembro de la comisión electoral.

Será presidente de la comisión electoral el Decano, y el Secretario el de la Junta de Gobierno de la Corporación”. 

A la vista de lo que antecede, la Junta de Gobierno por unanimidad ACUERDA:

Primero.- Aprobar el nombramiento de los siguientes miembros de la Comisión Electoral:

Presidente: el Decano.

Secretario: el de la Junta de Gobierno de la Corporación.

Los colegiados ejercientes siguientes, elegidos por sorteo notarial:

Titulares

1.- Don Manuel Ramírez Rodríguez.
2.- Don Andrés Oliván Lindo.
3.- Don Antonio José Lasso González.
4.- Don Juan Carlos Pedrosa Puertas.
5.- Doña María del Carmen Mazo López.

Suplentes

1.- Don Diego Luís Parra Bañón.
2.- Don José Fernando Moreu Serrano.
3.- Don Julio de Castro Soler.
4.- Doña María Luisa Ceres Morell.
5.- Doña Eva Rodríguez Cervilla.

Segundo.- Los nombramientos de los miembros integrantes de la Comisión Electoral  permanecerán vigentes hasta la finalización del proceso electoral.

Tercero.- Notificar el presente acuerdo a los miembros del Colegio mediante remisión por correo electrónico a la dirección colegial y publicación en el tablón de anuncios del mismo y ventanilla única. >>

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de los Estatutos, recurso de alzada ante el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, en el plazo de una mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Granada, a 4 de octubre de 2018.

 

El Secretario,